
Ofrecemos el servicio de adaptación a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y a la Ley De Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE) a empresas, instituciones o emprendedores que realizan transacciones de comercio electrónico y sus tiendas online. Si necesitas un presupuesto puedes solicitarlo utilizando el siguiente formulario:
Todos los sitios web de comercio electrónico (como tiendas virtuales u online) recogen datos personales, información sobre transacciones, información sobre tráfico web basada en IPs y cookies, direcciones de correo electrónico para contacto comercial con los clientes y para actividades de marketing o correo directo (emailing). Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) establece un conjunto de obligaciones a los responsable de ficheros de datos personales, pero también hay otras disposiciones en España y Unión Europea a los que este tipo de sitios web se deben adaptar como la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI-CE) que establece, entre otras cosas, las obligaciones de los prestadores de servicios online como Redacción del Aviso Legal y Redacción de Notas Legales Informativas; o la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico.
I. Obligaciones de un sitio web de comercio electrónico relacionadas con la protección de datos:
Las principales obligaciones de un sitio web responsable de ficheros de datos personales según la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) son:
Alta en el RGPD de la AEPD: Todo fichero de datos de carácter personal deberá ser notificado por su responsable a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.
Calidad de los datos: los datos sólo se podrán recoger y tratar, cuando se hayan obtenido lícitamente, cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos, no pudiendo ser usados para finalidades incompatibles con aquellas para las que hubieran sido recabados. Deben ser exactos y puestos al día, debiendo ser cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios.
Deber de información: Los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de la existencia de un fichero de datos personales, de su finalidad y de los destinatarios de la información. Se les deberá informar de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como de la identidad y dirección del responsable.
Consentimiento y comunicación de datos: El tratamiento de datos personales requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa. Asimismo, y con carácter general, los datos sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el consentimiento previo del interesado.
Deber de secreto: el responsable del fichero y quienes intervengan en el tratamiento de los datos personales están obligados al secreto profesional respecto de los mismos, obligación que subsistirá aun después de finalizar sus relaciones con el titular o responsable del fichero.
Seguridad: el responsable del fichero y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, y su tratamiento o acceso no autorizado.

We are experts in designing Dissemination and Exploitation plans for scientific and technological projects and we see an exciting opportunity in the European Commission programme, Horizon 2020. This programme will fund all the stages in the innovation process, from the basic research to the marketed product, that is, the whole lifecycle of the process, including marketing. What is interesting is that this programme will complement other measures which will define the European Research Area by 2014 aimed at creating a single European market for knowledge, research and innovation where the dissemination and exploitation of results will play a fundamental role.
Comercio Electrónico Global is an internationally recognised and long-established company with extensive experience in information and communication technologies projects since 1997, both in Spain and in the European Union. Our team has mainly focused on actions to plan and implement Dissemination and Exploitation (D&E) plans and have participated as scientific coordinators and partners in charge of dissemination and exploitation activities in regional (Aragon, Spain), Spanish (Ministry of Industry), European (European Commission) and international (United Nations) projects.
Now our activities are targeted at D&E activities in projects related to the industrial sector, nanotechnologies, biotechnology, space and innovative activities for Small and Medium Enterprises - SMEs and entrepreneurs in the European Union and we are in search of interesting projects to contribute our knowledge and expertise.
We wish to be partner of your project:
We would be interested to participate in projects related to the following sectors:
We can be partner to your project as experts on Dissemination and Exploitation:
If your organization (research centre, company, university, government agency, etc.) is interested in inviting Comercio Electrónico Global to take part as partner in a project within the framework of the Research and Innovation initiative, Europe 2020, you can contact us using this form and including an executive summary of the project with a brief definition of the target group, as well as an indicative budget for the dissemination and exploitation (D&E) plan. We will reply as soon as possible and, if we both agree, we will work on the draft proposal (setting up objectives, specifying the critical mass, estimating activities and timetable, approach, etc.).
In the area of Dissemination and Exploitation, Comercio Electrónico Global focuses on the following tasks:
Comercio Electrónico Global participates in projects funded by the European Commission, as a partner in charge of developing the Dissemination and Exploitation Plan with special emphasis on commercialization, dissemination and marketing. Likewise, all project partners will carry out Dissemination and Exploitation D&E specific tasks in line with their particular interests and areas of expertise throughout the project.
Contact: eduardopazlloveras[at]gmail.com

Somos expertos en Diseminación y Explotación de proyectos científicos y tecnológicos y estamos frente a una oportunidad interesante. El Programa Horizonte 2020 de la Comisión Europea proporcionará financiación en todas las etapas del proceso de innovación, desde la investigación básica hasta que el producto llegue al mercado. Es decir, todo el ciclo de vida del proceso, finalizando con la comercialización. Lo interesante, es que este programa se complementará otras acciones que definirán el Espacio Europeo de Investigación en 2014 para crear un mercado único europeo en áreas del conocimiento, la investigación y la innovación en las que la diseminación y explotación de los resultados desempeñarán un papel fundamental.
Comercio Electrónico Global cuenta con una larga trayectoria y amplia y reconocida experiencia en la participación en proyectos españoles y comunitarios especializados en tecnologías de la información y comunicación (TIC) desde 1997. Nuestro equipo se ha centrado en acciones de planificación e implementación de Diseminación y Explotación (D&E) participando como coordinadores científicos y partner encargado de las actividades de diseminación y explotación en proyectos regionales (en Aragón), españoles (Ministerio de Industria), europeos (Comisión Europea) e internacionales (Naciones Unidas).
Podríamos ser Partner de su proyecto:
Ahora nos disponemos a focalizar nuestra actividad de D&E en proyectos del sector industrial, nanotecnologías, biotecnología, el espacio y en actividades innovadoras para las PYMES y emprendedores de la Unión Europea y buscamos proyectos interesantes para aportar nuestros conocimientos y experiencia.
Sectores en los que estaríamos interesados en participar:
Podemos ser su Partner centrado Diseminación y Explotación (D&E) para su proyecto europeo:
Si su organización (centro de investigación, compañía, universidad, gobierno, etc) tiene interés en invitarnos a participar como partner en un proyecto en el marco de la estrategia de Investigación e Innovación Europa 2020 puede ponerse en contacto mediante este formulario con un resumen ejecutivo del proyecto que incluya una breve definición del target group, así como el presupuesto orientativo para diseminación y explotación (D&E). Contestaremos lo antes posible y si ambos estamos de acuerdo, trabajaremos en la propuesta de trabajo (establecimiento de los objetivos, especificación de la masa crítica, estimación de actividades y timetable, enfoque, etc.)
En el campo de Diseminación y Explotación, Comercio Electrónico Global se centra en:

La Comisión Europea ha trabajado siempre, y nos consta, en todos los ámbitos posibles para el desarrollo y proyección del comercio electrónico dentro de los países miembros y en el espacio europeo. Ha establecido políticas que con mayor o menor acierto han permitido la difusión, adopción de innovación tecnológica, desarrollo de nuevos proyectos, fortalecimiento de la seguridad y confianza, solución de conflictos en el campo del comercio electrónico, y muchas áreas más. Ha reconocido siempre la máxima importancia de Internet para la competitividad de la economía europea pero ahora incomprensiblemente ha cambiado su rumbo posicionándose a favor de uno de los tantos actores del sector: el grupo European Alliance.
El comercio electrónico en la Unión Europea, tal como funciona en todo el mundo, se verá afectado por restricciones en términos de competencia, que podrían menoscabar los intereses de las tiendas online y de los consumidores, particularmente, respecto a precio final y servicios de post-venta de los productos sujetos al reglamentación comunitaria.
La Comisión ha decidido cambiar las políticas sobre competencia que rigen los "Acuerdos Verticales" entre fabricantes y distribuidores, lo cual ha desatado un grave conflicto entre las tiendas online (comercio electrónico B2C) como eBay o Amazon y los principales fabricantes de productos como LVH que fabrica marcas como Louis Vuitton y Moet & Chandon, Chanel o Richemont. Estos fabricante pretenden que se establezcan restricciones verticales que les permita controlar sus productos y marcas en toda la cadena de valor, particularmente el marketing y comercialización off-line y online.
Un antecedente claro de esta nueva política fue la exención individual que Yves Saint Laurent obtuvo (asunto COMP/F-1/36.533) por parte de la Comisión Europea para sus productos de lujo en el sector del perfume, maquillaje y productos de belleza. Mediante esta exención YSLP autorizó a los minoristas reconocidos que previamente explotaban un punto de venta físico a vender también sus productos por Internet. A cambio, YSLP impuso normas de calidad para la utilización del sitio Internet con fines de venta online de sus productos de lujo, tal como haría con un establecimiento dentro de su sistema de distribución selectiva. Pero impidió a cualquier otro comerciante de la Unión Europea a comercializar sus productos en internet.
El control de la imagen de marca es un elemento estratégico en la distribución de productos de lujo y es el principal argumento que esgrime European Alliance. La Comisión Europea va un poco más allá y respalda la demanda del lobby de que los distribuidores online tengan una o más tiendas físicas operativas y que sólo realicen actividades de comercio electrónico gozando de su autorización. En el nuevo entorno el comercio online de productos de lujo sin autorización podrá ser bloqueado por el fabricante.
Pero si son autorizados, los distribuidores son libres de vender a través de sus sitios de Internet de la misma manera que lo hacen en sus establecimientos y puntos de venta reales habituales. Es una medida de distribución selectiva, es decir, los productores no pueden limitar las cantidades vendidas en Internet ni aplicar precios más elevados a los productos que se van a vender en línea. No se permitirá la anulación de una transacción o el desvío de los consumidores hacia otros sitios por el hecho de que la tarjeta de crédito que se pretende utilizar esté asociada a una cuenta extranjera.
Las nuevas normas entrarán en vigor en junio y serán válidas hasta el año 2022, habiéndose previsto una fase de transición de un año.
Mas información:
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Eduardo Paz Lloveras es un consultor multidisciplinar y práctico que integra el rigor del Derecho, la visión estratégica del Marketing y la eficiencia técnica de la Tecnología para potenciar el negocio de empresas y profesionales. Con un historial probado de éxito en la gestión de proyectos tecnológicos complejos y consultoría de transformación digital impulsada por Inteligencia Artificial, su enfoque se centra en convertir la innovación en resultados medibles y eficiencia operativa en entornos empresariales reales.
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